Valorización del Certificado de Aportación
Para entender en términos específicos lo que significa la Valorización del Certificado de Aportación que esta realizando COTEL Telecomunicaciones, se debe comprender y aclarar conceptos en la terminología cooperativista.
Es preciso replantear la identidad de la Cooperativa, de tal manera que sea concebida como una sociedad de derecho privado, de interés social, sin fines de lucro, que presta servicios de telecomunicaciones, manteniéndose vigente en el marco de la productividad y competitividad a través de la tecnología, con el objeto de hacer frente a las necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales de los Socios, por medio de una empresa de propiedad conjunta, sin privilegios absolutistas y democráticamente controlada.
Por otro lado, debemos contextualizar que la actual administración, esta tomando medidas políticas, económicas y de sanas prácticas Societarias, a fin de evitar la pérdida del valor real de su Certificado de Aportación. Asimismo, debemos entender que el Certificado de Aportación, es un título nominativo, indivisible, de igual valor y sólo transferible en las condiciones determinadas en la Ley, que se confiere a los Socios en proporción al aporte que hayan realizado al Fondo Social del Patrimonio de las sociedades cooperativas, en este caso COTEL Telecomunicaciones. El Socio legalmente constituido, es dueño de un Certificado que representa su participación societaria a Cotel Telecomunicaciones, asimismo, conforme a los principios fundamentales de las sociedades cooperativas, el Socio también está garantizado con la posibilidad de acceder a todos los servicios ofrecidos por la Cooperativa, con beneficios adicionales que lo distinguirán con relación a los usuarios.
De esta manera, a efecto de lograr la valorización antes citada, la Cooperativa con la indispensable participación de nuestros Socios, renovará y actualizará su base de datos con relación al contingente societario. Para este efecto, se modernizarán los Certificados de Aportación, canjeándolos por aquellos Certificados de gestiones pasadas. Una vez adquirido el nuevo Certificado de Aportación, todo Socio de la Cooperativa, tendrá automáticamente la posibilidad de nombrar a 2 (dos) beneficiarios, los mismos que podrán solicitar la instalación de una línea adicional, asimismo, podrán acceder a todos los servicios ofrecidos por la Cooperativa, con tarifa de Socio.
Requisitos:
A. Firma del Formulario de Declaratoria de Beneficiarios.
B. Fotocopia de Cédula de Identidad del Titular y Beneficiarios.
Persona Natural:
1) Certificado de Aportación totalmente pagado.
2) Cuentas al día por sus actuales servicios.
3) Fotocopia de Cédula de Identidad.
4) Pago al contado del derecho de instalación.
5) No tener suscrito plan de pagos, pendiente al momento del canje.
Persona Jurídica:
1) Todo lo anterior (persona natural).
2) Carta de solicitud firmada por el Representante Legal de la Institución.
3) Fotocopia del NIT y Cédula de Identidad del Representante Legal.
4) Tarifa diferenciada.
Tramitado por un Tercero: (Apoderado)
1) Todo lo anterior (persona natural).
2) Poder Original o Copia Legalizada.
3) Fotocopia de Cédula de Identidad del Apoderado.
En uso de las atribuciones que le concede el reglamento respectivo, los dos (2) beneficiarios previamente registrados, deberán firmar contratos de prestación de servicios de telecomunicaciones con la Cooperativa. Esta contratación de servicios, estará ineludiblemente ligada al Certificado de Aportación del Socio de la Cooperativa, en este sentido, es de entera responsabilidad del Socio, el uso y goce de los servicios adicionales. Los Servicios Adicionales, no otorgan ni constituyen para el beneficiario la calidad de Socio de COTEL Telecomunicaciones.
De esta manera, los Socios que deseen acceder a todos estos beneficios, deberán obligatoriamente cancelar en su integridad, las cuotas correspondientes al pago por concepto de aportes de su Certificado de Aportación. La Cooperativa a través de la Gerencia de Técnica, programará un cronograma de instalación de los servicios integrales ofrecidos; de esta manera, las instalaciones estarán sujetas a la capacidad técnica-operativa de la Cooperativa. La renovación de los certificados de aportación, no significa ni debe ser considerada como la emisión de una nueva serie de Certificados de Aportación, por parte de la Cooperativa.
En este sentido, se procederá con el canje de la siguiente manera:
1) Se deberá acreditar la calidad de Socio, presentando su Certificado de Aportación Serie “A” (antiguo), el mismo que será consignado y retenido por la Cooperativa.
2) La Cooperativa verificará que el Socio haya cumplido con el pago en su totalidad del correspondiente Certificado de Aportación, asimismo, se verificará el debido saneamiento propietario del Certificado de Aportación.
3) Una vez cumplidos los pasos anteriores, la Cooperativa entregará el nuevo Certificado de Aportación en sustitución del consignado ante la Cooperativa.
4) El Socio deberá estampar su firma digitalmente en constancia de recepción del nuevo Certificado de Aportación, asimismo, deberá consignarse: nombre completo, número de Cédula de Identidad, número de contrato, número de serie del Certificado de Aportación (antiguo y nuevo), firma y observaciones (en caso de poderes).
5) En caso de que el Socio no tenga en su poder su Certificado de Aportación original, por sustracción, extravío, deterioro u otro motivo fundamentado, deberá, proceder de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del Artículo 34 del Estatuto Orgánico de la Cooperativa.
Una vez presentados los requisitos establecidos en el precitado artículo del Estatuto, se procederá con la entrega del nuevo Certificado de Aportación.
Fecha inaugural de canje del Certificado de Aportación se hará a partir del 26 de enero de 2009 y se realizará por ampliación, los mismos que serán dados a conocer oportunamente por llamadas telefónicas y otros medios de difusión.